La nueva Ley de Tráfico agrava las multas por usar el móvil al conducir y regula los patinetes eléctricos

6 puntos de multa por usar movil en el coche

La nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial de España fue aprobada el pasado 21 de diciembre, pero desde ahora es que comienza su vigencia. El reglamento viene recargado con multas más duras, como que la DGT te quitará 6 puntos del carné si conduces y usas el móvil; nuevas infracciones; así como la inclusión de los patinetes eléctricos y bicis como nuevos vehículos reglamentados.

La DGT está lista para hacer su agosto, así que mejor conoce los cambios para evitar multas, porque no conocer la nueva ley no te salvará de ellas.

De 3 a 6 puntos, la DGT no quiere que uses el móvil al conducir y aumenta la multa por hacerlo

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Aunque las multas por exceso de velocidad tienden a ser las más comunes, otro de los grandes problemas con los que combate la DGT es el uso del móvil al conducir. Son muchos los accidentes ocasionados por conductores que quitan la vista de la carretera para revisar sus teléfonos, así que deben reducirlos.

¿La solución? Una multa sin contemplaciones: 6 puntos menos en el carné de conducir y 200 euros de multa. Hasta ahora, la multa porque te pillaran utilizando tu smartphone mientras conduces era de 3 puntos menos y 200 euros. Además, es una infracción instantánea tanto si te ve un oficial como si lo hace uno de los miles de radares que tiene la DGT distribuidos por todo el país.

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¿Qué usaste el móvil para buscar algo en Google Maps? Multado. ¿Cambiaste de canción? Multado. ¿Qué estás atendiendo una llamada para ponerla en altavoz y te pillaron? Multado. Sea cual sea la forma en la que te pillen cogiendo el móvil, incluso mientras el semáforo está en rojo, te llevarás una sanción a casa.

¿Qué opinamos sobre esto? Nos parece una medida necesaria porque la seguridad vial es importantísima, aunque quizás un poco desmesurada en cuanto a la manera de aplicación. Aun así, por eso siempre recomendamos utilizar aplicaciones como MyFreeHands (para usar WhatsApp sin tocar el móvil) o Headunit Reloaded Emulator (que convierte tu reproductor en Android Auto con todas sus funcionalidades).

Los patinetes eléctricos y bicis bajo acecho, la cacería de radares y la eliminación de los 20 Km/h extra para adelantar

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Aunque la multa de arriba es la que más compete a este blog, no podemos dejar pasar otros cambios que entraron en vigencia con la nueva Ley de Tráfico. Algunos son modificaciones de normas que ya existían, pero otros son nuevos:

  • Formalmente, se incluye a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) en la Ley de Tráfico, por lo que están sujetos a las multas regulares de la DGT. Hasta ahora los patinetes eléctricos y bicicletas se regían por una normativa aparte, pero ya no más.
  • Se prohíbe a los VMP circular por aceras, autovías y autopista. Hacerlo representa una multa de 200 euros, lo mismo si no llevas casco.
  • Como protección a los conductores de VMP, los conductores de otros tipos de vehículos también serán multados con 200 euros si invaden zonas de circulación exclusiva para VMP. Lo mismo si hacen adelantamientos a un ciclista sin ocupar el carril contrario completo.
  • Si bebes alcohol, no podrás conducir un VMP o iniciar su reserva con alguna aplicación, primero deberás pasar un test. En caso contrario, te llevas a casa una multa de 500 euros. Algunas aplicaciones de alquiler ya hacen este test, pero ahora será obligatorio.
  • Si te pillan con un detector de radares en el coche, te salen 200 euros de multa y 3 puntos menos en el carné. Y como sea un inhibidor de radar, tendrás que pagar 6000 euros y 6 puntos.
  • Se elimina la excepción del límite de velocidad máximo al adelantar en carreteras convencionales y vías secundarias. Hasta ahora, se permitía superar por 20 km/h extra el límite de velocidad para adelantar a otro coche, pero ya no más.
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¿Te parecen positivos estos cambios? ¿Qué opinas sobre ellos?

Fuente | BOE