El último viaje que hice fue uno de los mejores de mi vida (por muchas cosas) pero una de ellas fué la liberación del roaming en la Unión Europea. Este cambio me ha permitido usar el móvil como si estuviese en España y la gente no tiene ni idea de cuánto me ha ayudado este pequeño dispositivo.
No es que necesitase el móvil para moverme pero sí para controlar ciertas cosas relacionadas con mi entorno profesional y este cambio me ha permitido usarlo sin límites, en cualquier parte y en cualquier momento. No he tenido que mendigar WiFi, y eso ha sido algo realmente interesante. Si tienes roaming gratis pero no sabes cómo activarlo, aquí se te explica.
Pero… ¿sabías que hay operadores que te pueden cobrar?
Pues sí, la noticia de que el roaming sería gratis en la Unión Europea no decía por ninguna parte que hay excepciones, reconocidas por la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia que permiten cobrar por el roaming.
En el Reglamento UE nº 531/2012 de 13 de junio de 2012 se han establecido reglas pero también una excepción, en el artículo 6, que permite a un operador solicitar a su regulador local (la CNMC en España) aplicar un recargo a los consumidores.
Si viajas mucho, las pequeñas OMV no son para ti
En uno de los casos más recientes ha sido la operadora Digimobil la que ha solicitado a la CNMC aplicar un recargo extra en sus tarifas de roaming, donde el recargo autorizado ha sido el siguiente:
- 0,0179 euros el minuto para llamadas salientes.
- 0,01 euros SMS enviado.
- 0,0043 euros por MB consumido (hasta el 31 de diciembre de 2017) y 0,0034 euros por MB consumido a partir del 1 de enero de 2018.
Los recargos son algo excepcional y aunque no son bestiales protegen a la marca de los costes que el roaming le ocasiona a la misma. ¿La razón? Que la marca pierde dinero ofreciéndote el servicio.
Algunas pequeñas operadoras pierden dinero dándote el servicio
La CNMC solo puede autorizar este recargo cuando la operadora es capaz de demostrar que, con este servicio, no consigue recuperar sus costes totales, reales o previstos, por el uso de la itinerancia de datos (fijado el margen en un 3% o superior) sobre sus servicios móviles. Son casos reducidos y esperemos que no afecten, en ningún momento, a los grandes operadores.
Lo que sí pueden cobrarte los grandes operadores son usos abusos del servicio de roaming, es decir, un uso fuera de lo normal de lo que harías en tu país aunque no está muy tipificado cuál sería el abuso en sí.
Fuente | Blog de la CNMC